Viernes 29 de marzo de 2024

NORMATIVA DE LOS CURSOS Y ACTIVIDADES MUNICIPALES DE LA CONCEJALÍA DE CULTURA, OCIO Y TIEMPO LIBRE

NORMATIVA DE LOS CURSOS Y ACTIVIDADES MUNICIPALES DE LA CONCEJALÍA DE CULTURA, OCIO Y TIEMPO LIBRE EN CUANTO A COBRO DE RECIBOS, BAJAS Y ALTAS Y OTROS PORMENORES


1. Por regla general el número mínimo para iniciar o mantener un Taller o Curso será de 8 inscritos, a no ser que se haya establecido de antemano por sus características otro número. Si durante el curso disminuye el número de alumnos de los grupos a menos de los establecidos para su ejecución, podrán ser suprimidos a iniciativa de la Empresa o del Ayuntamiento.
2. Los recibos, con la cuota establecida, serán emitidos por el Ayuntamiento a través de caja electrónica, pudiendo determinar el alumno o tutor la Caja o Banco para su cobro. El Ayuntamiento establecerá los periodos de pago de recibos.
3. En periodo de matrícula, en aquellos grupos o modalidades en los que el número de inscripciones exceda el número de plazas, la admisión será siempre decidida por sorteo, no dando prioridad en ningún caso al orden de inscripción. Si hay suficientes inscripciones se podrá plantear la formación de nuevos grupos, siendo, en todo caso, una decisión exclusivamente municipal.
4. En aquellos cursos que no se haya establecido horario, aquellos alumnos que no puedan asistir o deseen algún cambio, deberán hablar con los profesores para encontrar aquel que más convenga. Si al final no pudiera asistir por dicho motivo, deberá presentar el formulario de baja en Registro del Ayuntamiento lo antes posible, no excediendo la fecha del 30 de octubre de 2017; en caso contrario, se cobrará el curso completo. 
5. En aquellas actividades con horario fijado, no se permitirá la baja una vez comenzada la actividad, curso o taller, excepto por causas de fuerza mayor que deberán ser justificadas documentalmente.
6. El formulario de baja será entregado en el Registro del Ayuntamiento. Cualquier otra forma de aviso o entrega en otros lugares no se considerará válida, por lo que seguirán cobrándose dichos recibos.
7. Los días de clase serán los mismos que los marcados por el calendario escolar, a excepción de la fecha de comienzo y finalización, considerando que los recibos de los meses afectados por días de vacaciones o sin clase no variarán el recibo ni las clases serán recuperados. No habrá clases tampoco el día 22 de mayo ni la Tabera.
8. Las actividades o cursos no regidos por el calendario escolar tendrán los días fijados de antemano.
9. Si se suspendieran las clases por bajas u otros motivos imputables a la organización, las clases podrán ser recuperadas o la cuota será reducida en su parte proporcional por decisión exclusivamente municipal.
10. Si algún alumno tuviera pendientes recibos de cursos anteriores no se le permitirá su matriculación. Será Tesorería municipal la encargada de avisar a los órganos de inscripción sobre dichas circunstancias.